Por medio de la circular 6-2025, el Ministerio de Defensa prohibió a sus miembros que porten armas de fuego cuando, vistiendo como uniformados o de civil, acudan a lugares de expendio de bebidas alcohólicas.La ordenanza es emitida para “estricto cumplimiento”, reiterando disposiciones establecidas en 2006. Es una medida extensiva a las discotecas, drinks, bares, colmadones y otros comercios de “naturaleza similar”.
Igualmente, la misiva del ministro Carlos Antonio Fernández Onofre, advierte a los hombres y mujeres, sin distinción de rango, categoría o función, someterse a las restricciones de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas (139-13), artículo 190, relativo a las declaraciones no autorizadas.
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lunes, 26 de mayo de 2025
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Ministerio de Defensa prohíbe militares porten armas en centros de bebidas alcohólicas
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